Politicas Generales

 

5. REGISTRO DE DOMINIO

5.1 MODALIDAD DE REGISTRO

Para registrar un dominio nuevo existen dos modalidades: 1. En línea a través de la pagina web de NIC.EC www.nic.ec o 2. Enviando documentación requerida a las oficinas de NIC.EC . Indiferente de la modalidad que utilice, las condiciones, requerimientos y obligaciones son las mismas. Es decir, quien registra acepta haber leído, conocido y aceptado el Acuerdo de Registro y estas Políticas en todo su contexto y conjunto, y que está conciente que bajo el registro de un nombre de dominio no está incumpliendo estas Políticas ni el Acuerdo de Registro, y que no infringe ni viola de ninguna manera los derechos de un tercero.

5.2 REGISTRO EN LINEA

Si el registro se realiza En Línea a través de la pagina web de NIC.EC www.nic.ec no se debe enviar documentación alguna a las oficinas de NIC.EC excepto en el caso de los dominios que se registren bajo .org.ec, .edu.ec, .gov.ec, .mil.ec para los cuales se debe observar la sección 5.4 de Requerimientos Especiales, o en el caso que NIC.EC solicite algún documento específico cuando el caso lo amerite.

Para realizar el registro de un nombre de dominio primero debe verificar en la herramienta de consulta o Whois si el dominio ha sido previamente registrado o si esta disponible. Aparecerán como disponibles el nombre seleccionado bajo las diferentes clasificaciones de segundo nivel que no haya sido previamente registrado. Aunque aparezcan varios disponibles, el registro se sujeta a las condiciones generales y especificas de estas Políticas y el Acuerdo de Registro, mismos que seran aceptados en línea. En caso que quien realice el registro no marque la opción de “He leído, comprendido y acepto el Acuerdo de Registro ”, no podrá proceder con el registro.

Posteriormente, se debe llenar la información completa del Registrante, Contacto Administrativo, Contacto Técnico, Contacto de Facturación y Servidores de Dominio DNS (mínimo dos). Existen algunas validaciones de la información que se ingresa sin embargo la responsabilidad final de la información suministrada es de quien registra. Previo al suministro de información, quien registra podrá ingresar su clave de usuario y contraseña si ya la tiene, caso contrario ingresará como usuario nuevo que le permitirá definir su nombre de usuario y contraseña. Si el Contacto Administrativo tiene dominios registrados con NIC.EC y no conoce su nombre de usuario debe solicitar a NIC.EC si no se le ha proporcionado.

La persona que realiza el registro es el Contacto Administrativo, el cual generalmente es el mismo Registrante o una persona que Representa al Registrante. Esta representación se entiende como que tiene autorización del Registrante para en nombre del Registrante realizar el registro. Por lo tanto el Contacto Administrativo es quien realiza todo el proceso. La emisión de la factura será emitida al Contacto Administrativo.

En el capitulo de Cuotas se detallan las diferentes cuotas por periodo y por dominio, así como las cuotas para Ecuatorianos o entidades registradas en el Ecuador y las cuotas para Extranjeros. Es requisito que para que se considere cuota de Ecuatoriano, en la información que se suministre del Registrante y del Contacto Administrativo se detalle el numero de R.U.C. o Cedula de Identidad ecuatoriana. En caso que estos no sean detallados, se considerará cuotas de Extranjeros aunque el resto de la información aparentemente sea del Ecuador.

El Contacto Técnico y Contacto de Facturación pueden ser declarados el mismo Contacto Administrativo, aunque lo recomendable es que sean diferentes. La información de los DNS es vital para que al momento que el dominio sea activado, los usuarios de Internet puedan accesar a la pagina web o correo electrónico que utilice el nombre de dominio registrado. Sin embargo, si no se conocen los datos técnicos de DNS o si solo se desea registrar el nombre de dominio sin que pueda ser accesado, NIC.EC asignara dos DNS temporales, que posteriormente el Contacto Administrativo podrá modificar. El dominio que se registre con los DNS temporales, podrá ser activado pero no accesado a través del Internet hasta que se modifiquen sus datos.

Una vez llenada la información de Contactos y Servidores, existe la opción de definir el plazo de registro, el cual el mínimo es un año y el máximo 10, así como la información de pago sea con Cheque, Tarjeta de Crédito o Crédito a cuenta vía Transferencia Bancaria. Existirán opciones de registro a 1,2,3,5,10 años, aunque podrán algunas opciones no estar disponibles para las diferentes categorías de dominios de segundo nivel. Una vez definido el plazo y forma de pago, el proceso de ingreso estará culminado iniciándose el proceso interno de NIC.EC de validaciones, confirmaciones y emisión de facturas.

En el caso de un nuevo registro cuya forma de pago es Cheque o Transferencia Bancaria, el dominio será reservado por hasta 30 días, plazo en el cual se entiende será enviado el cheque o será acreditado el valor a la cuenta definida por NIC.EC. Durante esté plazo el dominio no estará otorgado, ni será activado, sino a partir del momento o máximo hasta 2 días hábiles posteriores a la recepción y correcta aplicación del pago. Transcurrido el plazo de 30 días, el dominio estará disponible para registro por otro registrante. La correcta aplicación del pago esta sujeta a la información que se envíe referente al pago, es decir se especifique que dominios son los que se están pagando. Si se recibe un pago pero no se especifica que dominio es el que se paga, el pago no será aplicado. Si consecuencia de esto ultimo, transcurre el plazo estipulado, el dominio podría quedar disponible para otro registrante, sufriéndose las consecuencias respectivas. Una vez recibido y aplicado correctamente el pago, NIC.EC comunicará vía email al Contacto Administrativo y Contacto de Facturación la confirmación del pago y la activación del dominio.

En el caso de un nuevo registro cuya forma de pago sea con tarjeta de crédito, NIC.EC realizará el respectivo proceso de autorización del cargo y en caso que este sea negado o no otorgado por cualquier motivo permitirá corregir información en caso que esté incorrecta o especificar otra tarjeta de crédito. Si no se hace otro intento o si el segundo intento tampoco es autorizado, entonces podría optar por pago con cheque o no proceder con el registro. En el evento que se obtiene la autorización del cargo a la tarjeta de crédito, se procederá con el proceso de registro notificando al registrante que se ha recibido correctamente su solicitud. En un plazo de 2 días hábiles posteriores, NIC.EC realizará diversos procesos de control que los que resultaren positivos seran procesados, facturados, y activados. Durante este lapso y hasta que culmine el proceso positivo, el dominio no estará activado, la información Whois no estará disponible y el cargo a la tarjeta de crédito no habrá sido realizado.

5.3 REGISTRO MANUAL

En caso que no se desee o no se pueda utilizar el Registro en Línea o que esta herramienta no esté disponible, se deben seguir los mismos pasos y condiciones que se detallan en Registro en Línea pero obteniendo los formularios de la pagina web, solicitarlos vía email, o solicitarlos en las oficinas de NIC.EC. Estos son: 1. Formulario de Solicitud de Registro de Dominio, y 2. Acuerdo de Registro. Ambos deben ser enviados firmados a las oficinas de NIC.EC .

Formulario de Solicitud de Registro de Dominio: Es la solicitud en la que se proporciona la información del dominio tal como Registrante, Contacto Administrativo, Contacto Técnico, Contacto de Facturación y DNS. El formulario contiene instrucciones complementarias a las que se detallan en la sección Registro en Línea de estas políticas.

Acuerdo de Registro: Una vez leída, comprendidas y aceptadas las Políticas y el Acuerdo de Registro, este ultimo debe enviarse firmado. Existen dos formatos de Acuerdo de Registro, el que se utiliza en línea y el que se realiza sin utilizar la opción en línea. Ambos son idénticos en su contenido, sin embargo debe asegurarse de enviar el que contiene en la ultima pagina espacio para el nombre de dominio y la firma.

Si no utiliza el Registro en Línea debe tomar en cuenta lo siguiente:

- Solo se aceptará el Formulario de Solicitud de dominio que esté vigente, que esté correctamente llenado y que esté firmado.

- Solo se aceptará el Acuerdo de Registro que esté vigente, y que esté firmado.

- Por cada nombre de dominio debe enviar una Solicitud de Dominio y un Acuerdo de Registro.

5.4 DOCUMENTACION PARA REGISTROS ESPECIALES

Indiferente si el registro se realiza a través de la pagina web o no la siguiente documentación adicional es necesaria para el proceso de registro en los siguientes casos y que debe ser enviada adjunta a una carta membreteada firmada por el Contacto Administrativo o Registrante indicando que es documentación de respaldo del dominio solicitado:

.gov.ec: Carta membreteada firmada por el titular de la entidad gubernamental de la Republica del Ecuador que aplique certificando que solicita el dominio para esa entidad. En caso que la solicitud no sea de la Presidencia de la Republica, de un Ministerio, Gobernación, Consejo Provincial o Municipalidad, se tendrá que adjuntar adicionalmente algún documento que certifique la existencia de la entidad y el nombramiento legal del titular.

.mil.ec: Carta membreteada firmada por el titular de la institución perteneciente a las Fuerzas Armadas del Ecuador.

.org.ec: En los casos que NIC.EC considere necesario, Acuerdo Ministerial o documento soporte que demuestre que el Registrante es una Organización o Asociación sin fines de lucro registrada en el Ecuador.

.edu.ec: En los casos que NIC.EC considere necesario, Certificado del Ministerio de Educación del Ecuador que certifique que el Registrante es una institución educativa registrada en el Ecuador.

Consideraciones especiales para estos registros:


- Estos son exclusivamente para entidades registradas en el Ecuador

- Los dominios bajo gov.ec y mil.ec no están sujetos al pago de cuota de Registro y Mantenimiento por las entidades especificadas en cada caso y solo en esos casos.

- Los dominios bajo gov.ec y mil.ec no serán activados hasta recibir la documentación correspondiente. Los dominios bajo edu.ec y org.ec , la activación esta sujeta al pago pero en los casos que NIC.EC solicite documentación adicional, también estarán sujetos al envío de la documentación.

- En caso que el Registro bajo gov.ec y mil.ec sea solicitado por un tercero como un Proveedor de Internet, diseñador de pagina web, Estudio Jurídico, etc, se requiere adicionalmente un Carta de Autorización delegando al tercero el proceso de Registro y Mantenimiento del dominio.

- Los nombres que se soliciten tienen que tener relación directa con el nombre de la entidad o sus siglas o abreviaciones.

- En cualquiera de estos casos, NIC.EC podrá solicitar información adicional cuando el caso lo amerite.

- Si el registro o renovación es realizado en Línea o enviando la información a las oficinas de NIC.EC , tanto el Contacto Administrativo y el Registrante, así como son responsables de toda la información que proveen, también certifican y declaran que en los dominios bajo .edu.ec y k12.ec el Registrante es una institución educativa registrada en el Ecuador certificada por el Ministerio de Educación del Ecuador y que en los dominios bajo .org.ec el Registrante es una Organización o Asociación sin fines de lucro registrada en el Ecuador amparada bajo acuerdo del Ministerio de Bienestar Social.

- Considerando la documentación que debe revisarse, el proceso de registro de estos dominios podría tomar mas de lo normal, dependiendo en gran parte de la documentación que se envíe y que estas clasificaciones están reservadas o restringidas para ciertas instituciones.

6. RENOVACION

6.1 Renovación Anticipada

Los dominios previamente registrados o los dominios nuevos que se registren pueden renovarse por uno o varios años adicionales. Para solicitar a NIC.EC la renovación de un dominio se puede utilizar la herramienta de Renovación en Línea disponible en la pagina web de NIC.EC o solicitarlo enviando comunicación a las oficinas de NIC.EC . Algunos podrán haber sido registrados o renovados a mas de un año por tanto su vencimiento o fecha de expiración dependerá del periodo escogido y por tanto no será necesario hacer renovación anual hasta que culmine el periodo. Todo dominio puede ser cancelado o desactivado antes del cumplimiento del período vigente. Aquellos dominios que se renueven antes de los 30 días de la fecha de expiración, estarán sujetos a las mismas condiciones de pago, suspensión y renovación especificadas en 6.2 de estas Políticas.

6.2 Fechas de Pago de Renovación, Suspensión y Cancelación.

6.2.1 Aquellos dominios que no han sido cancelados o renovados hasta 30 días antes de la fecha de expiración de cada dominio, NIC.EC emitirá y enviará la factura por un periodo adicional de un año vigente a partir de la fecha próxima de expiración y además enviará un email al Contacto Administrativo y Contacto de Facturación recordando la expiración, comunicando la emisión y envío de la factura. El email será enviado a los Contactos mencionados registrados y que se entiende que su información está actualizada. Si por causa de información desactualizada existiera algún retraso o si por esta razón no llegare la comunicación o la factura, la responsabilidad recae sobre el Contacto Administrativo , pero finalmente sobre el Registrante que es el interesado sobre el derecho de uso del dominio. El pago tendrá que ser realizado en los 30 días posteriores, es decir hasta la fecha de expiración del dominio.

6.2.2 Si 15 días antes de la fecha de expiración, NIC.EC no ha recibido el pago, enviará nuevamente un email al Contacto Administrativo y Contacto de Facturación recordando la expiración y confirmando que el pago no ha sido recibido.

6.2.3 Si a la fecha de expiración, aun no se recibe el pago, se enviará un email a los mismos contactos comunicando que no se ha recibido el pago, que su dominio a expirado y avisando que su dominio será suspendido 15 días posteriores a la fecha de expiración, es decir 45 días posteriores a la fecha de emisión de factura. Copia de este mensaje tambien es enviado al Registrante , asi como los avisos subsiguientes.

6.2.4 Si a los 15 días posteriores a la fecha de expiración del dominio, no se ha recibido el pago, el dominio será suspendido y se enviará un mail comunicando la suspensión y notificando que si 15 días posteriores, es decir 30 días posteriores a la fecha de expiración, no se ha recibido el pago, el dominio será eliminado.

6.2.5 A los 30 días posteriores a la fecha de expiración de un dominio, es decir 60 días posteriores a la fecha de emisión de la factura, el domino se elimina, entendiéndose por eliminación, cancelación, dado de baja, desactivado, retirado definitivamente de la base de datos y de los archivos de zona, quedando disponible para registro nuevamente del mismo o de otro Registrante o Contacto Administrativo.

6.2.6 Por suspensión, NIC.EC mantiene el registro del dominio pero lo retira de los archivos de zona, es decir estos no pueden ser accesados a través del Internet. Por eliminación, se entiende que el registrante deja de tener el uso de ese dominio y que puede ser registrado por otro registrante. NIC.EC se reserva el derecho de extender estos plazos en aquellos casos que considere necesario, como por ejemplo que se demuestre un pago realizado pero que por razones operativas o bancarias este no ha sido debidamente acreditado, procesado o aplicado.

6.2.7 Para la renovación de los dominios registrados bajo gov.ec y mil.ec se enviará a los contactos correspondientes email recordatorio de futuro vencimiento y en caso que exista alguna documentación que se requiera se solicitará puntualmente. La renovación estará sujeta a que se envíe confirmación de parte del Registrante o Contacto Administrativo solicitando la renovación y que se cumpla con el envío correcto de los documentos en caso que sean solicitados. En caso que no se cumpla estos requisitos , se enviarán otros avisos recordatorios y de no existir respuesta los dominios serán suspendidos para posteriormente ser eliminados.